Se registró y publicó decisión en la cual este Juzg. de Sust. del JNSCARC, ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar; ORDENÓ notificar a los ciudadanos FGR, DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS (DAEX), MINISTRO DEL PODER POPULAR DE DEFENSA, sociedad mercantil BLINDADOS OESTE, C.A., y a la PGR; INSTÓ a la parte demandante a consignar las copias a los fines de la práctica de la notificación dirigida a la PGR; ORDENÓ solicitar los AA al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS (DAEX); ORDENÓ abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de medida cautelar solicitada; y ORDENÓ remitir el expediente al JNSCARC, una vez consten en el acuse de recibo de todas las notificaciones, y transcurran el lapso establecido a la PGR de 08 días continuos, de conf. con lo establecido en el art 98 del Decreto Ley que rige sus funciones, así como el previsto en el art 36 de la LOJCA, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la Audienci.....