Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado de Sustanciación declaró COMPETENTE a la CSCA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta; ADMITIÓ, la referida demanda; ORDENO notificar al REGISTRADOR (A) DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL DEL SAPI, FGR, MINISTRO DEL PP PARA EL COMERCIO, Y A LA PGR; ORDENÓ solicitar los AA, de conformidad con lo dispuesto en el art. 79 de la LOJCA, concediéndole un plazo de 10 días de despacho para la remisión de los mismos; ORDENÓ librar cartel de emplazamiento a los 3º interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" de conf con lo establecido en los art. 80, 81 y 82 de la LOJCA; INSTÓ a la parte demandante a consignar las copias a los fines de las notif; ORDENÓ remitir el expediente judicial a la CSCA, una vez consten en autos las notif y haya transcurrido el lapso dado a la PGR, así como el previsto en el art 36 de la LOJCA, a fin que se fije la oportunidad para celebrar la Audiencia de Juicio.