Se dictó y publicó decisión en la cual este Juzgado: Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo: ADMITIÓ en cuanto ha lugar en derecho se refiere la presente demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos; ORDENÓ notificar de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los ciudadanos FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al DIRECTOR DEL CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX) y al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, ORDENÓ solicitar al ciudadano PRESIDENTE DEL CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX), los antecedentes administrativos relacionados con el presente caso; ORDENÓ la notificación mediante boleta al ciudadano AARÓN DE CÁNDIDO GALLINA, se ordenó comisionar amplia y suficientemente al JUZGADO NACIONAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL. INSTÓ a l.....