DISPOSITIVA.-
Con base a la motivación precedente este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida al Destacamento de Trabajo, requerida favor del ciudadano WILLY JESÚS NUÑEZ SAAVEDRA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, lugar de nacimiento La Guaira, nacido en fecha 27/03/1991, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Asistente Administrativo, hijo de Wilfredo Núñez (V) y de Yoleidy Saavedra (V), titular de la cédula de identidad N° V-19.797.845, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500, del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Diarícese, déjese copia y notifíquese la presente decisión. Líbrese los correspondientes oficios remitiendo copia certificada de la presente decisión n.....