DISPOSITIVA.-
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al ciudadano ANGEL JESUS RAGA GIL, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 29 de marzo de 1972, de 39 años de edad, soltero, domiciliado en Casalta 3, bloque 7, piso3, apto.1, Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-10.806.249, como medida alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en los artículos 471 ordinal 1º, el 482 y 483, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la present.....