En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL RÉGIMEN ABIERTO, al penado BERNARDO JOSÉ ESCALONA NÚÑEZ titular de la cédula de identidad No. 6.244.428, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, de estado civil soltero, nacido el 10-01-1966, de 45 residenciado en la Urbanización Ávila, Residencia Ávila Palace, apartamento 71, piso 7 Caracas, como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida al RÉGIMEN ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el contenido del articulo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; quedando obligado a cumplir las condiciones establecidas en la parte motiva de la presente decisión, con la adverte.....