En la demanda de nulidad conjuntamente interpuesta con amparo constitucional y subsidiariamente medida cautela de suspensión de efectos por la sociedad mercantil Laboratorios Ponce C.A contra el Auto Nº 2017-151, de fecha 08 de diciembre de 2017, emanado de la Reunión Normativa Laboral, esta Corte dictó sentencia interlocutoria, mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA; 2.- PROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitado: 2.1 ORDENÓ a la Dirección de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos de Trabajo del Sector Privado, la desaplicación de los efectos de la Convención Colectiva Macro del Sector Farmacéutico a la demandante, hasta tanto se termine la presente demanda de nulidad; 2.2 NOTIFICAR a las partes. 3.- ORDENÓ remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines que se pronuncie respecto a la admisión de la presente demanda. 4.- INFORMAR a la parte demandada que podrá oponerse a la medida en los lapsos correspondientes. Se ordenó abrir cuaderno separado.