En el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de abril de 2005, por el Abogado Francisco Carrillo Avellán, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Francisco Manuel Arruti, contra la sentencia dictada en fecha 26 de febrero de 2004, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual declaró Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de nulidad interpuesto contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA "ANTONIO JOSÉ DE SUCRE" (UNEXPO), esta Corte dictó auto que ordenó: solicitar al ciudadano Francisco Manuel Arruti, y a la Universidad Nacional Experimental Politécnica "Antonio José De Sucre" (UNEXPO) para que consignen, en el lapso de diez (10) días de despacho, más cuatro (4) días continuos correspondientes al término de la distancia, copia certificada de la transacción celebrada entre las partes