La Corte declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN en el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta y, conociendo en consulta de conformidad con el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con lo previsto en el artículo 102 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, SE CONFIRMA el fallo dictado en fecha 29 de julio de 2004, por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. VOTO SALVADO de la JUEZ NEGUYEN TORRES LÓPEZ. 01