En la demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesta por los ciudadanos Manuel García, Luis Marante, y Atilio Terán, actuando con el carácter de miembros principales ( Presidente, Tesorero y Secretario ) de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES Y JUBILADOS PETRÓLEOS (CATRAJUP), debidamente asistido por la Abogada Magdony León Arayan, contra la Providencia Administrativa Nº SCA-DS-163-2014 de fecha 24 de septiembre de 2014, emanada de la SUPERINTENDENCIA DE CAJAS DE AHORRO, adscrita al Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública, esta Corte dictó decisión por medio de la cual declaró: DESISTIDA la demanda de nulidad interpuesta.