La Corte se declaró COMPETENTE para conocer la consulta de Ley prevista en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia que declaró parcialmente con lugar el recurso interpuesto; REVOCA la referida sentencia y declara PARCIALEMENTE CON LUGAR el recurso interpuesto; SE ORDENA al Ente querellado le reconozca al recurrente la antigüedad de acuerdo al tiempo de servicio prestado, por el tiempo señalado en el presente fallo; ORDENA el cálculo de la diferencia sobre fideicomiso por el tiempo de servicio prestado por el querellante; ORDENA el cálculo de la diferencia sobre prestaciones sociales por el tiempo de servicio prestado por el querellante y, asimismo, ORDENA el pago de los intereses sobre prestaciones sociales desde el mes de julio de 1980 y el de los intereses moratorios conforme fue establecido en la parte motiva del presente fallo, para lo cual SE ORDENA realizar una experticia complementaria del fallo de confo.....