La Corte NO ACEPTA la declinatoria de competencia efectuada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central, mediante auto de fecha 10 de febrero de 2003, para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; y se ORDENA la remisión inmediata del expediente al referido Juzgado Superior, a los fines de que conozca la presente causa.