En el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Marcos Goitia, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.239, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FÉLIX MANUEL PÉREZ BORREGO, titular de la cédula de identidad Nº 11.754.959, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE, esta Corte declaró su COMPETENCIA para conocer la consulta de Ley y CONFIRMÓ, la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2011, por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y municipio Arismendi del estado Barinas.