En la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar por las sociedades mercantiles CURTIEMBRES PARACOTOS, S.A. y, CORPORACIÓN SETISKA, C.A., contra la DIRECCIÓN GENERAL DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL ADSCRITA AL DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE ORDENACIÓN Y ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL DEL MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DEL AMBIENTE se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1. NO ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, 2. SE ORDENA la remisión del expediente al Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines que conozca la presente acción de amparo constitucional. Se dejó constancia del Voto Salvado del Juez Javier Tomás Sánchez Rodríguez. 02