Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la consulta prevista en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, del fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) de lo Contencioso Administrativa del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en fecha 10 de junio de 2011, mediante el cual declaró Parcialmente Con Lugar la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano HÉCTOR ALEJANDRO GARCÍA GONZÁLEZ, debidamente asistido por el Abogado Frederick Antonio Díaz Viera, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE (COMANDANCIA GENERAL DE POLICÍA DEL ESTADO APURE). 2. CONFIRMA CON REFORMA la sentencia objeto de consulta.