Esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 10 de julio de 2013, por la Abogada Angélica María Subero Silva, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, contra la sentencia dictada en fecha 12 de abril de ese mismo año, por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual se declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto el ciudadano MARCO TULIO PARRA, debidamente asistido por el Abogado José Luís Ramírez, contra el SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN), adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz; CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto; REVOCA la sentencia dictada en fecha 12 de abril de 2013, por el referido Tribunal Superior; y SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.