Esta Corte declaró IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada solicitada en el marco de la demanda de nulidad interpuesta por los abogados José Gregorio Casado Gómez y Germán de la Rosa Cano, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD JOSÉ MARÍA VARGAS, contra el acto administrativo contenido en la decisión Nº DGF-OAM-D-2016-000100 de fecha 2 de mayo de 2016, emanada del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), a través de la cual se le impuso una multa a dicha Sociedad Civil, por la cantidad de dos millones seiscientos ochenta y dos mil doscientos treinta bolívares (Bs. 2.682.230,00).