Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por los abogados José Gregorio Casado Gómez y Germán de la Rosa Cano, antes identificados, actuando en representación de la sociedad civil JARDÍN DE INFANCIA GRAN MAMÁ, inscrita en la Oficina de Registro Subalterno del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 14 de julio de 1989, bajo el No. 3, Tomo 6, Protocolo Primero, contra el acto administrativo sancionatorio No.DGF-OAM-D-2016-000103, dictado por el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS).