En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDGAR WILFREDO BRAVO GARCIA, mediante diligencia de fecha 26 de abril de 2012.
SEGUNDO: Se ANULA la sentencia de fecha 11 de abril de 2012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, y todas las actuaciones realizadas en el presente juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por el ciudadano EDGAR WILFREDO BRAVO GARCÍA contra WEI HUNG LAY EM, a partir del auto de fecha 7 de junio de 2011, inclusive. En consecuencia, se repone la causa al estado .....