En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado CARLOS ALBERTO LUGO en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILLIAM JOSÉ YÉPEZ MORALES y ALBERTO JOSÉ CUMARE YEDRA, mediante diligencia de fecha 18 de marzo de 2013.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 5 de marzo de 2013, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial con sede en Punto Fijo, con motivo del procedimiento de TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO interpuesto por la abogada SARA AUXILIADORA NIÑO MEDINA, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil BERLIOZ DAIRON, S.A., representada por su Presidenta ciudadana ALID.....