En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Rossy Reyes Ávila, en su carácter de defensora de oficio de la ciudadana LILIA REYES CARABALLO, mediante diligencia de fecha 2 de junio de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de abril de 2010, mediante la cual declaró con lugar la demanda de DIVORCIO, incoado por el ciudadano ÁNGEL DAVID GÓMEZ contra la ciudadana LILIA REYES CARABALLO.
TERCERO: Se exonera en costas a la parte perdidosa, por haber recurrido la defensora de oficio.