En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado HÉCTOR LEAÑEZ DÍAZ, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana XIOMARA RUBINA ROJAS MARÍN, mediante diligencia de fecha 27 de mayo de 2013.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión de fecha 24 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial con sede en Punto Fijo, mediante la cual decretó la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa que por NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, DAÑOS Y PERJUICIOS, MORALES y MATERIALES, intentó la ciudadana XIOMARA RUBINA ROJAS MARÍN contra los ciudadanos MIGUEL ANTONIO SÁNCHEZ COELLO, RAMONA CONCEPCIÓN SÁNCHEZ COELLO.....