En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogada Aura Bolívar, en su carácter de apoderada del ciudadano HENRRY JESUS LOPEZ, contra la sentencia de fecha 14 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el proceso intimatorio intentado por el apelante contra la ciudadana DULCE ACACIO.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada en todas sus partes.
TERCERO: Se niega la pretensión del recurrente del pago acumulado de intereses moratorios y de corrección monetaria, así como de las costas.
Se condena al pago de las costas del recurso a la parte apelante.