En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yollys Oviol Rodríguez, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FERNANDO ANTONIO GONZALEZ AGAMEZ, mediante diligencia de fecha 14 de mayo de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 8 de mayo de 2012, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. En consecuencia, se condena al ciudadano a pagarle a la empresa, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), como contraprestación por el servicio prestado.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformida.....