En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO RAFAEL LIMONCHY MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.211, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PABLO EUGENIO HURTADO RODRIGUEZ, mediante diligencia de fecha 10 de mayo de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 3 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró SIN LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES por INTIMACIÓN incoada por el ciudadano PABLO EUGENIO HURTADO RODRÍGUEZ mediante apoderado judicial, contra la empresa mercantil CONSTRUCTORA DE .....