Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el Abogado YONEISE SIERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.001, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano JUAN RAMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, en contra del Auto de fecha 11 de Agosto de 2008 dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el Auto recurrido en todas y cada una de sus partes por las razones que se explanarán en la parte motiva de esta sentencia.
TERCERO: No hay Condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del T.....