Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la Abogada IRENE FERRER, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.230, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte codemandada LEDY MAGALI PULIDO RAMIREZ en contra de la decisión de fecha 30 de Junio de 2008, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró la PRESUNCION DE ADMISION DE LOS HECHOS contra la parte codemandada JOSE LUIS LOVERA HUERTA. Quedando en consecuencia, la sentencia definitivamente firme.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediació.....