Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto, los criterios jurisprudenciales citados, así como todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Argenis Alfonzo Santana, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 208.925, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROY QUIROZ, WILFREDO ZAVALA, JUNA COLINA, DANIEL ROMERO, REYES QUINTERO y EVERT HIDALGO, contra la Sentencia de fecha 05 de mayo de 2015, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro.
SEGUNDO: Se CONFIRMA LA SENTENCIA.....