Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente Recurso de Nulidad Contra Providencias Administrativas, interpuesto por el abogado Gilberto Pernia Monys, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 126.879, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil GUANTA CONSULT, C. A., contra la providencia administrativa No. 00806-2011, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Falcón, dictada en fecha 21 de septiembre de 2011, Expediente No. FAL-21-IA-11-0180.
SEGUNDO: SE CONCEDE A LA PARTE RECURRENTE un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir de su notificación más el término de la distancia, para que proceda a consignar en el expedien.....