Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por el abogado ARGENIS MARTINEZ MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.943, obrando en representación del ciudadano GIOVANNI JOSE BLANCHARD CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 12.788.524; contra la sentencia de fecha 23 de junio del año 2011, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes. TERCERO: Se ORDENA el cierre y archivo del asunto.
CUARTO: Se acuerda REMITIR el expediente al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal.....