Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por el abogado PEDRO PABLO CHIRINOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.639, obrando en nombre del ciudadano EDUARDO JOSE GOMEZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.960.730; contra la sentencia de fecha 10 de marzo del año 2011, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo del Estado Falcón. SEGUNDO: DESISTIDA LA APELACION, interpuesta por el abogado RUBEN VILLAVICENCIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 14.618, obrando en nombre de la sociedad mercantil CONSORCIO MECAVENCA PROINTEMAS, con sede en Punto Fijo; contra la sentencia de f.....