Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en las actas, las normas aplicables al caso concreto y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante recurrente contra el auto dictado en fecha 18 de diciembre de 2015, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos Laborales tienen incoado los ciudadanos JULIO ANTONIO GUTIERREZ GUTIERREZ y CARLOS SEGUNDO SILVA MALDONADO, contra la Sociedad Mercantil FLETEROS LA GAVIOTA, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la L.....