Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con fundamento en los hechos analizados, las normas delatadas, la doctrina utilizada y los motivos y razonamientos expuestos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano JOSÉ MIGUEL SERRANO NAAR, identificado con la cédula de identidad No. V-6.270.489, asistido por la abogada Yraima Rojas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 41.387, en contra de la decisión de fecha 22 de mayo de 2012, emanada del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a través de la cual se le negó el Recurso de Apelación ejercido contra la Sentencia Interlocutoria de fecha 10 de mayo de 2012.
SEGUNDO: Se ORDENA REMITIR el presente.....