Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con fundamento en los razonamiento y motivos que preceden, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA RECUSACIÓN interpuesta por el abogado Pedro Luis Naveda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 25.879, actuando en su carácter de apoderado judicial de las empresas codemandadas, en contra de la Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, abogada YORKYS DEL VALLE LOYO LOPEZ, en relación al juicio que tiene incoado la ciudadana DUBRASKA MERCEDES GUTIÉRREZ, contra las empresas ALTA PELUQUERÍA GENTE BELLA, C. A., GRUPO GENTE BELLA, C. A. y GENTE BELLA VIP, C. A.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el Desistimiento .....