Con fundamento en los motivos de hecho y de derecho expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante recurrente contra decisión de fecha 07 de enero de 2011, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio que por diferencia de Prestaciones Sociales, tienen incoado el ciudadano ALI SAUL AÑEZ ACACIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.981.781, contra el CONSORCIO REIMCA IDCM LA CAMPESINA, inscrita ante la oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo; anotada bajo el No. 36, Tomo No. 27-A, de fecha 25 de julio del año 2.....