Con fundamento en los motivos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION, interpuesta por el ciudadano WILLIAM GUILLERMO GARCIA MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.771.383; contra la sentencia de fecha 15 de octubre del año 2010, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el abogado en ejercicio MANUEL ALEJANDRO PARRA DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 127.654, sostenida en la audiencia oral y pública de apelación por el abogado GREGORIO PEREZ VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 34.917, actuando en su condición de apoderado judicial de la demandada recurre.....