Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto, los criterios jurisprudenciales y la doctrina procedente, así como todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada María Eugenia Danis López, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 116.431, actuando en su carácter de apoderada judicial del tercero coadyuvante, ciudadano EZEQUÍAS GABRIEL FINOL SÁNCHEZ, contra la sentencia definitiva de fecha 11 de junio de 2013, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA EL DISPOSITIVO DE LA SE.....