En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y LA TERMINACIÓN DEL PROCESO. Incoado por el ciudadano JULIO RICARDO ARRIETA. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.676.286, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por los abogados MARTINEZ GONZALEZ ARGENYS DANIEL y CHIRINOS CHIRINOS PEDRO PABLO. Venezolanos, mayores de edad, portadores de la cedula de identidad números V-20.440.849. V-4.790.180. Inscritos en el inpreabogado bajo los números 221.128, 37.639. Dándole el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del caso.
TERCERO: Se le otorga el lapso de Cinco (05) .....