DISPOSITIVO
Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Presunción de Admisión de Hecho
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana HERNANDEZ MEDINA FANNY COROMOTO. Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.754.442, debidamente asistida por los abogados AÑEZ ACACIO ALI SAUL y SAUL AÑEZ GARCIA. Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-15.981.781, 3.394.220. Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 145.873, 154.419, en contra del ciudadano YAMAL FAKIN, Por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
TERCERO: Se condena al demandado a cancelar a la parte actora plenamente id.....