DISPOSITIVO
Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Presunción de Admisión de Hecho
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GOMEZ GOMEZ JOSE GREGORIO. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.765.932, debidamente asistido por la abogada CARLETH Z. LOPEZ G. Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.755.039, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.680, en el juicio contra la empresa PATHON SEGURIDAD C.A; Por cobro de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se condena a la empresa demandada, a cancelar a la parte actora plenamente identificada en autos la cantidad de TRECE MIL SEISCIENTOS D.....