DISPOSITIVA
Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se anula la actuación de fecha 26 de Octubre de 2011, contentiva de la Tasación de Costa en la cual se evidencia de la misma que no solamente tasa el monto de los honorarios de la experta, sino también el monto de los honorarios profesionales, por cuanto la misma vicia de nulidad las actuaciones subsiguientes. Así se decide
SEGUNDO: Se revoca la decisión emanada de este tribunal de fecha 21-12-2011. y se anula todas aquellas actuaciones alusivas al procedimiento de tasación por potestad dada por vía jurisprudencial en aras de salvaguardar los referidos derechos constitucionales tal y como lo consagra Bajo este mapa .....