En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo declarar la INADMISIBILIDAD de la presente demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que sigue el ciudadano OTILIO RAFAEL ANZOLA ACOSTA, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.814.626, suficientemente identificado en acta, debidamente asistido por el abogado JOSE SINOPPOLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.083, ya anteriormente identificada, contra las Empresas EARTH MOVING EQUIPMENT, N.V., HG ASESORIAS Y SERVICIOS S.C, VENEQUIP S.A y VENEQUIP, S.A LIMITED. Así se decide.