Por los motivos de hecho y derecho anteriormente narrados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: "CON LUGAR" la demanda que por cobro de prestaciones sociales, incoara el ciudadano ANDRI REINALDO PENICHE PRIMERA, Venezolano, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-15.980.531, asistido por su apoderado Judicial abogado JOSE SEGUNDO IRAUSQUIN COLINA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.496.193, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.585, y de la incomparecencia Sociedad Mercantil SISTEMAS OPERATIVOS. Y como consecuencia de ello, se condena a la parte demandada, hoy perdidosa, a pagar a la parte actora, hoy gananciosa, los conceptos y montos detallados en la parte motiva de esta decisión.
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