Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1.- Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la Sociedad Mercantil TASCA HIPICA DE FREDDY`S.
2.- Con lugar la demanda incoada por el Ciudadano FRANCISCO A GALICIA B, en contra de la Sociedad Mercantil TASCA HIPICA DE FREDDY`S, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.
3.- Por cuanto no determino los Periodos reclamados se le otorga las fracciones pedidas en el escrito libelar, de conformidad con el articulo 12 del C.P.C
4.- Se Condena a la Sociedad Mercantil TASCA HIPICA DE FREDDY`S, cancelarle a la parte actora Ciudadano FRANCISCO A. GALICIA B, un total de Bs. 2.922.641,39, quedando condenada a la Sociedad Mercantil TASCA HIPICA DE FREDDY`S, a pagarle a la par.....