n consecuencia este tribunal en aras de dar cumplimiento a las garantías constitucionales como lo es el debido proceso el derecho a la defensa, y por economía procesal en procura de la estabilidad de los juicios se procede a anular decreto de ejecución dictado en fecha 08-02- 2012, el cual corre inserto en las actas procesales del folio 43 al 44 de la tercera pieza del presente asunto es decir a reponer la causa al estado dictar nuevo decreto de ejecución a los fines de incluir al tercero interviniente PDVSA PETROLEO S. A. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide. No se notifican las partes por cuanto se encuentran a derecho. Así se decide
PUBLIQUESE, REGISTRESE