Este Tribunal en vista de que la MEDIACION LABORAL ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA el acuerdo de las partes, y CON AUTORIDAD DE LA LEY Y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, agréguese copia del Cheque al expediente y en consecuencia se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente Nº D-000906-2006. Se Ordena Oficiar a la Coordinación para el archivo definitivo del presente expediente, así mismo se ordena agregar al expediente los escritos de Pruebas con sus anexos consignados por ante este Tribunal. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.