En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, y dejando a salvo los derechos de terceros, declara procedente la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, del la ciudadano JESUS MANUEL MEDINA, que consta en el acta de DEFUNCION de fecha 28 de julio el 2003 , No 4 Municipio Sucre e inserta bajo el Nº 255 en el Municipio Miranda, del Libro de defunciones llevados por ante la Prefectura del Municipio Sucre del Estado Falcón, hoy Coordinadora de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Falcón y se ordena a la COORDINADORA DE REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO FALCÓN, así como al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCÓN, corregir el acta de defunción, en lo referente a asentar solamente al ciudadano YVAN ENRRIQUE MEDINA como hijo del ciudadano JESUS MANUEL MEDINA, .....