En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. Parcialmente con lugar la oposición a las medidas presentada por la ciudadana Ramona Milagro Hernández, parte demandada en el presente procedimiento.
2. Se ordena la entrega de la cantidad de dinero ilegalmente embargada en la cuenta bancaria donde es titular la ciudadana Ramona Milagros Hernández del Banco Coro.
3. En cuanto a la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada sobre la vivienda identificada en el cuaderno de medidas, se deja establecida la falta de cualidad de la demandada para oponerse.
4. En cuanto a los terrenos de los cuales constan documentos en el cuaderno de medida, se deja establecido que la presente incidencia no es para decretar medidas.
5. No hay condenatoria en costas en raz.....