Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y del transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud, y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: ENDER JOSE RODRIGUEZ VARGAS y CARMEN GUADALUPE FERRER, venezolanos, mayores de edad, cónyuge, titulares de la Cedula de Identidad Nros. 14.396.806 y V-12.586.680, ambos de este domicilio. Asistidos por el Abogado en ejercicio SERGIO COLINA LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 48.559, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedara disuelto el matrimonio.- El acta de Matrimonio se encuentra asentada bajo el Nº 277, correspondiente al año 2007, de los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevados por ante Coordinación de Registro Civil, Seguridad y Orden Publico.....