DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario, del transito y del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud, y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: ALBA MARILYN YEPEZ PIRELA Y JUAN ELIAS SANCHEZ CORONA, mayores de edad, venezolanos, cónyuges, venezolanos, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-10.919.732 y V-11.770.880 respectivamente, domiciliados en ésta Ciudad de Coro, asistidos por la Abogada en ejercicio IRAIMA B. GUARDIA CHIQUITO, inscrita en el IPSA., bajo el Nº 46.738, 75.957, domiciliada en la Ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, con la advertencia de que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedara disuelto el matrimonio cesando la comunidad entre los cónyuges.-.....